Calculadora de décimo tercero en Ecuador

La décima tercera remuneración es la doceava parte de las remuneraciones percibidas durante el año. Se paga cada mes, o acumulada hasta el 24 de diciembre si el trabajador lo pide por escrito.

Monto estimado

$600,00

Cómo se calcula

Remuneraciones percibidas en el año ÷ 12.

Ejemplo

Remuneraciones percibidas en el año
$7.200,00
Monto estimado
$600,00

Preguntas frecuentes

¿Mensual o acumulado?
La ley lo paga mensualmente. Con un pedido escrito del trabajador se recibe acumulado, hasta el 24 de diciembre.
¿Y el décimo cuarto?
Es aparte: una remuneración básica unificada al año, pagada por doceavas partes cada mes o acumulada hasta el 15 de marzo en la Costa y la región Insular, y hasta el 15 de agosto en la Sierra y la Amazonía.
¿Aporta al IESS o paga impuesto a la renta?
No. El décimo tercero no cuenta para los aportes al IESS, el fondo de reserva ni el impuesto a la renta del trabajo.

Fuentes

Última revisión:

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Cálculo orientativo según la norma citada, antes de impuestos y descuentos. No es asesoría legal ni tributaria. El contrato o el convenio colectivo pueden dar más.