Calculadora de décimo tercero en Ecuador
La décima tercera remuneración es la doceava parte de las remuneraciones percibidas durante el año. Se paga cada mes, o acumulada hasta el 24 de diciembre si el trabajador lo pide por escrito.
Cómo se calcula
Remuneraciones percibidas en el año ÷ 12.
Ejemplo
- Remuneraciones percibidas en el año
- $7.200,00
- Monto estimado
- $600,00
Preguntas frecuentes
- ¿Mensual o acumulado?
- La ley lo paga mensualmente. Con un pedido escrito del trabajador se recibe acumulado, hasta el 24 de diciembre.
- ¿Y el décimo cuarto?
- Es aparte: una remuneración básica unificada al año, pagada por doceavas partes cada mes o acumulada hasta el 15 de marzo en la Costa y la región Insular, y hasta el 15 de agosto en la Sierra y la Amazonía.
- ¿Aporta al IESS o paga impuesto a la renta?
- No. El décimo tercero no cuenta para los aportes al IESS, el fondo de reserva ni el impuesto a la renta del trabajo.
Fuentes
Última revisión:
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Cálculo orientativo según la norma citada, antes de impuestos y descuentos. No es asesoría legal ni tributaria. El contrato o el convenio colectivo pueden dar más.